La Inspección de Trabajo puede aparecer sin avisar

Es el primer punto que conviene tener claro: la visita de un inspector de trabajo puede producirse en cualquier momento, sin previo aviso y durante el horario habitual de la actividad. Así lo establece el artículo 13 de la Ley 23/2015, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo, que atribuye a los inspectores la facultad de entrada libre. No hace falta una denuncia previa — la Inspección puede actuar por campaña sectorial, por cruce de datos con la Seguridad Social o la AEAT, o simplemente porque el negocio está en un sector en el punto de mira ese año.

La Inspección de Trabajo dispone hoy de herramientas tecnológicas que permiten detectar automáticamente múltiples incumplimientos mediante el cruce masivo de datos procedentes de la Tesorería General de la Seguridad Social, la Agencia Tributaria, el SEPE y otros organismos públicos. Muchas empresas reciben una visita de inspección sin haber hecho nada especialmente grave, simplemente porque un dato no cuadra entre lo que declaran a Hacienda y lo que comunican a la Seguridad Social.

Imagen del artículo

¿Necesita asesoramiento personalizado?

Nuestro equipo le atenderá sin compromiso. Más de 20 años asesorando pymes en Barcelona.

Contactar con DRI

Lo que más vigila la Inspección en 2026

El Plan de Actuación de la Inspección de Trabajo fija cada año las prioridades. En 2026, las inspecciones laborales se centran en varios aspectos: contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales, trabajo en remoto, igualdad y gestión del tiempo de trabajo. Los focos concretos más activos este año son:

Los siete errores más frecuentes que acaban en sanción

1. No tener el registro de jornada en regla

El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a todas las empresas, sin excepción, a registrar la jornada diaria de cada trabajador. Muchas pymes adoptaron teletrabajo sin adaptar sus sistemas de control, pero la obligación de registro afecta también al trabajo remoto. El registro debe ser fiable, objetivo e inalterable. Un Excel que se puede modificar a posteriori no cumple el requisito.

2. Alta en la Seguridad Social después de que empieza el trabajo

El alta debe comunicarse antes de que el trabajador comience a prestar servicios, no el mismo día ni al día siguiente. Dar de alta a una persona trabajadora después de iniciar la actividad es uno de los errores que pueden acarrear sanciones importantes y recargos retroactivos.

3. Contratos sin actualizar o sin las cláusulas obligatorias

La Inspección verifica que los contratos incluyan las cláusulas obligatorias, como la compensación de gastos en teletrabajo o el derecho a la desconexión digital, y que estén formalizados por escrito. Son frecuentes los errores de forma y de fondo, especialmente si no se actualiza la documentación cuando cambian las condiciones del trabajo.

4. Plan de prevención de riesgos laborales desactualizado o inexistente

Cualquier empresa con trabajadores tiene la obligación de tener un plan de prevención de riesgos laborales. No es suficiente con tenerlo redactado hace años — debe estar actualizado y reflejar las condiciones reales del trabajo. Las evaluaciones de riesgo, los registros de formación y las fichas de entrega de EPIs deben estar disponibles en el momento de la inspección.

5. Bases de cotización inferiores a las retribuciones reales

Declarar bases de cotización inferiores a las retribuciones efectivas es uno de los errores más invisibles y más peligrosos. La empresa puede tener gestoría, pero la responsabilidad sigue siendo suya. Cuando hay incoherencias, Hacienda y la Seguridad Social cruzan datos.

6. Obstruir o no colaborar con el inspector

No es obligatorio tenerlo todo disponible en el acto — si la inspección no puede concluirse porque falta documentación, el proceso puede continuar mediante un requerimiento formal. Sin embargo, la ausencia injustificada a una comparecencia previamente acordada con el inspector sí puede considerarse obstrucción, con las sanciones que ello conlleva.

7. Incorrecta aplicación del convenio colectivo

Aplicar el convenio equivocado, no actualizar los salarios según el convenio vigente o ignorar las condiciones específicas del sector son infracciones frecuentes que la Inspección detecta fácilmente cruzando nóminas con tablas salariales publicadas.

Las sanciones económicas que pueden derivarse

Las infracciones en materia laboral se clasifican en leves, graves y muy graves. Las más habituales en pymes son las graves, que en 2026 tienen estas horquillas:

Las sanciones por trabajadores no dados de alta pueden oscilar entre los 3.750 euros por una infracción grave y los 12.001 euros en los casos más graves, como cuando existe compatibilidad indebida con prestaciones por desempleo.

Qué documentación hay que tener siempre a punto

Estar preparado de antemano es la mejor estrategia. Se recomienda mantener siempre en orden los contratos actualizados para todos los trabajadores en activo, el registro de jornada diario, y la documentación de prevención de riesgos al día: evaluaciones, formaciones impartidas y registros de entrega de EPIs.

Más allá de esa documentación básica, conviene tener también disponibles:

Cómo actuar si el inspector llega sin avisar

La situación genera tensión, pero hay un protocolo claro que conviene conocer de antemano: