Septiembre no espera: lo que hay que tener listo antes del 20 de octubre
La vuelta de vacaciones en agosto tiene una trampa fiscal que muchos autónomos y pymes descubren demasiado tarde: septiembre no tiene obligaciones trimestrales propias, pero es el mes en que hay que preparar todo lo del tercer trimestre (julio–septiembre), cuya presentación vence el 20 de octubre. Quien llega a octubre con la contabilidad de verano sin cerrar, llega tarde.
El margen es ajustado: desde el 1 al 20 de octubre hay que presentar el Modelo 303 (IVA), el Modelo 130 o 131 (IRPF), el Modelo 111 (retenciones a trabajadores y profesionales), el Modelo 115 (retenciones por alquileres) y, si se opera con la UE, el Modelo 349. Septiembre es el mes de preparación, no de descanso prolongado.
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Lo primero: revisar que agosto no dejó facturas en el cajón
El primer paso al volver es sencillo pero crítico: localizar todas las facturas emitidas y recibidas durante julio y agosto que no están aún registradas. Es habitual que en verano se acumulen facturas de proveedores en el correo sin procesar, facturas emitidas a clientes sin cobrar y gastos pagados con la tarjeta del negocio sin justificante ordenado.
Hay que asegurarse de tener:
- Todas las facturas de venta emitidas entre julio y agosto, numeradas y correlativas.
- Todas las facturas de compra y gastos del periodo, con el IVA correctamente desglosado.
- Los extractos bancarios de julio y agosto conciliados con los apuntes contables.
- Los justificantes de los gastos pagados en efectivo o con tarjeta personal que sean deducibles.
Revisar el IVA del tercer trimestre antes de que duela
Con las facturas ordenadas, el siguiente paso es hacer una estimación del resultado del IVA del tercer trimestre antes de que llegue octubre. No hay que esperar al día 1 para saber si va a salir a pagar o a compensar.
Si el resultado va a ser significativamente diferente al de trimestres anteriores — por ejemplo, porque en verano se ha facturado menos o porque se ha hecho una inversión importante — es el momento de revisarlo con calma, no con la presión del plazo encima. Si hay alguna factura dudosa en cuanto a su deducibilidad, septiembre es el momento de resolverlo.
Un error frecuente a la vuelta de vacaciones es incluir en el tercer trimestre facturas que corresponden a otros periodos. El IVA se declara en el trimestre en que se emite o recibe la factura, no en el que se paga o cobra. Una factura de junio no puede incluirse en el 303 de julio–septiembre aunque se haya cobrado en agosto.
El IRPF: ajustar el pago fraccionado si el año va diferente a lo previsto
Para los autónomos en estimación directa, el Modelo 130 del tercer trimestre se calcula sobre el rendimiento neto acumulado del año — no solo del trimestre. Si los primeros nueve meses han ido mejor o peor de lo esperado, el pago fraccionado de octubre puede ser muy diferente al de trimestres anteriores.
Septiembre es el momento de hacer esa estimación anual y comprobar si el ritmo de ingresos y gastos del año va a generar una cuota en la declaración de la renta de 2026 que no se esperaba. Si va a salir a pagar más de lo habitual, mejor saberlo ahora para no llevarse una sorpresa en junio de 2027.
Revisar las retenciones de los trabajadores
Si la empresa tiene empleados, septiembre es un buen momento para revisar si el tipo de retención de IRPF aplicado en las nóminas durante el año es correcto. Si algún trabajador ha tenido cambios en su situación personal — matrimonio, hijos, cambio de domicilio, segunda actividad — puede haber comunicado un nuevo Modelo 145 que no se ha aplicado todavía.
Aplicar mal las retenciones durante el año genera dos problemas: o el trabajador paga de más y reclama la diferencia, o paga de menos y la declaración de la renta le sale a pagar más de lo esperado, con el consiguiente malestar. Septiembre es el momento de cuadrar esto antes de que queden solo tres meses de año.
La documentación que no puede faltar en el archivo
La vuelta de vacaciones también es el momento de revisar que el archivo documental del negocio está en orden. La AEAT puede requerir documentación de los últimos cuatro años, y es habitual que en verano se acumulen documentos sin clasificar. Hay que verificar que están archivados:
- Todas las facturas emitidas y recibidas del año, ordenadas por fecha y numeración.
- Los justificantes de los gastos deducibles: tickets de gasolina, dietas, material de oficina, cuotas de asociaciones profesionales.
- Los contratos con clientes y proveedores vigentes.
- Las nóminas y los TC1/TC2 de la Seguridad Social si hay empleados.
- Los resguardos de presentación de todas las declaraciones trimestrales del año.
Los documentos en papel deben conservarse al menos cuatro años. Los digitales, indefinidamente si están bien organizados. Un sistema de carpetas por año y trimestre, con los documentos escaneados y respaldados en la nube, es suficiente para cualquier autónomo o pyme pequeña.
Revisar los cobros pendientes antes de que prescriban
Septiembre es también un buen momento para revisar la cartera de clientes con facturas pendientes de cobro. Una factura impagada no solo es un problema de tesorería — también puede generar un crédito incobrable deducible en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades si cumple los requisitos de antigüedad y justificación.
Para que una factura impagada sea deducible como gasto por deterioro de crédito, generalmente debe tener más de seis meses de antigüedad desde el vencimiento y haberse intentado el cobro de forma fehaciente. Si hay facturas de marzo o abril sin cobrar, septiembre es el momento de actuar — judicial o extrajudicialmente — antes de que el año se cierre sin haber tomado ninguna medida.
El checklist de la vuelta de vacaciones
- ? Facturas de julio y agosto registradas y contabilizadas.
- ? Extractos bancarios de julio y agosto conciliados.
- ? Estimación del resultado del IVA del 3T realizada.
- ? Estimación del pago fraccionado de IRPF del 3T calculada.
- ? Retenciones de trabajadores revisadas y actualizadas.
- ? Archivo documental del año ordenado y completo.
- ? Facturas pendientes de cobro revisadas y gestionadas.
- ? Recordatorio puesto para el 20 de octubre: presentación del 3T.